Ley número 875 Artículo 15 Obligaciones Comunes.
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.
Art.15 Obligaciones Comunes
FRACCIÓN XV
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio.
RESPONSABLE
NO APLICA
ACTUALIZACIÓN Y PERÍODO DE CONSERVACIÓN
Trimestral. Información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores..
FECHA DE VALIDACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
NO APLICA